SALUD OAXACA NO JUSTIFICA 1.4 MIL MILLONES DE SERVICIOS PERSONALES, SEGÚN ASF.

Juan José Diaz Morales

Oaxaca De Juárez Oaxaca a 21 de febrero de 2021.

La Auditoria Superior de la Federación, publicó la entrega 3 del informe de la cuenta pública 2020.

Juan Carlos Marquez Heine/ Secretario de Salud de Oaxaca.

El Gobierno del Estado de Oaxaca, a cargo de Alejandro Murat Hinojosa, fue auditado en la ejecución del gasto público. Este año tocó a los Servicios de Salud del Estado de Oaxaca.

Conforme a la solicitudes de aclaración, 2020-E-20005-19-1615-03-001 y 2020-E-20005-19-1615-03-002 realizadas por la Auditoria Superior de la Federación al ente fiscalizado Servicios de Salud, se le solicitó que proporcione información adicional justificativa y comprobatoria de $1, 477,128,649.16 ( UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE 16/100 M.N.)

Los cuales fueron utilizados en "Servicios Personales", en el año 2020.

Conforme a la solicitud de aclaración: 2020-E-20005-19-1615-03-00, se le solicita a los SSO: " Para que los Servicios de Salud de Oaxaca aclaren y proporcionen la documentación adicional justificativa y comprobatoria de 126,331,402.16 pesos (ciento veintiséis millones trescientos treinta y un mil cuatrocientos dos pesos 16/100 M.N.), por concepto de pagos que rebasan el límite máximo permitido en la asignación global de servicios personales determinado de acuerdo con el cálculo establecido en la normativa."

Mientras que en la clave de acción, 2020-E-20005-19-1615-03-002: "Para que los Servicios de Salud de Oaxaca aclaren y proporcionen la documentación adicional justificativa y comprobatoria de 1,350,797,247.00 pesos (un mil trescientos cincuenta millones setecientos noventa y siete mil doscientos cuarenta y siete pesos 00/100 M.N.), por concepto de la asignación presupuestal de recursos a la partida 326 "Servicios para Programas Adicionales" asociada al capítulo 3000 "Servicios Generales", la cual tuvo movimientos presupuestales, donde los montos registrados y ejercidos no fueron reclasificados a la partida presupuestal de servicios personales, a pesar de que dichos recursos fueron ejercidos por conceptos relacionados al Capítulo 1000 "Servicios personales" de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable."

En la cuenta públicas anteriores, la ASF, detectó el uso de empresas que recaen en el supuesto que señala el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, es decir empresas que no cuenta con materialidad del acto y por lo tanto, cuentan con el estado de "no localizable", o en los diversos supuestos que señala dicho artículo. Dichas empresas son conocidas, como "empresas fantasmas".

La última actualización, de los datos es del pasado 06 de enero de 2021, hasta el momento el Gobierno del Estado de Oaxaca, no ha aclarado ni un centavo de lo solicitado por la ASF.

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