Sayda Morales Bustamante
El Poder Judicial de la Federación, revocó
sentencias que "protegían" a vigencia, del Comité de Participación Ciudadana del
Sistema de Combate a la Corrupción de Oaxaca. A través
de dos sentencias los Tribunales Colegiados del Decimotercer Circuito,
determinaron que el Congreso del Estado de Oaxaca, tiene una facultad soberana
y discrecional para reformar la Constitución de Oaxaca, y así crear el
denominado Consejo de Participación Ciudadana, el cual, según la propia
determinación de los Colegiados, sería la institución constitucionalmente
vigente y apegada a derecho y no el Comité de Participación Ciudadana.
Lo anterior, conforme a las sentencias de los
amparos en revisión 239/2022 y 372/2022, las cuales revocaron en el resolutivo
SEGUNDO un fallo a favor en primera instancia de José Juan Flores Guzmán y
Sonia Mora Cruz. El primero de ellos ex integrante del Comité de Participación
Ciudadana y acusado en diversas carpetas de investigación de fraude y abuso de
confianza, mientras que la segunda, continúa laborando en dicho
"Comité", sin que se vea que ejerce alguna facultad.
Por último, en el TERCER RESOLUTIVO sobreseyeron
el juicio de amparo de ambos integrantes, por lo tanto no existe algún fundamento
jurídico, para que estos sigan trabajando, cobrando o ejerciendo el cargo.
Muchos de ellos, continúan teniendo reuniones públicas con funcionarios
morenistas que son parte del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, a
pesar de que ya fueron notificados legalmente por el Poder Judicial de la
Federación.
Dentro del texto de la sentencia, bajo la
ponencia de la Magistrada Rosa Iliana Noriega Pérez del Primer Tribunal
Colegiado en Materias Civil y Administrativa y de igual forma la
Magistrada Luz Idalia Osorio Rojas esta del Segundo Tribunal en Materias Civil
y Administrativa, resolvieron tras que integrantes del Consejo de Participación
Ciudadana interpusieran recursos de revisión. Determinaron lo siguiente tras el análisis de los
argumentos vertidos en el procedimiento:
1. Que los juicios de amparo interpuestos por los
integrantes del Comité de Participación Ciudadana son improcedentes, por
haberse reclamado una resolución de las legislaturas, federales o estatales,
actuando en pleno, comisiones o diputaciones permanentes.
En su análisis los Magistrados Federales,
determinaron que el Consejo de Participación Ciudadana del Sistema Estatal de
Combate a la Corrupción, son elegidos por una Comisión de Selección constituida
para ese único fin, y por lo cual es un acto soberano, autónomo y no está
condicionada a que sea aprobada o ratificada por persona u organismo alguno; ya
que la propia decisión de la Comisión de Selección es una acto soberano que
deriva de una facultad delegada del Congreso del Estado de Oaxaca.
Ambos Tribunales Colegiados del Decimotercer
circuito concluyen de la legalidad de la reforma del año 2021, así como las
designaciones realizadas por la Comisión de Selección, atendiendo a que el
mismo procedimiento viene incluido dentro de la reforma, por lo tanto el Consejo de Participación Ciudadana, sería le único ente legal para actuar dentro del SEA.
EXHIBIDOS LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA
ANTICORRUPCIÓN
Los integrantes del Sistema Estatal de Combate a
la Corrupción, fueron exhibidos por los Tribunales Federales, ya que la pugna
política de Muratistas dentro de este Sistema impidieron que el Consejo
de Participación Ciudadana sustituyera al Comité de Participación Ciudadana, a
pesar de que los propios Tribunales Colegiados de Circuito determinaron que la
decisión de la Comisión de Selección no está sujeta a ratificación alguna, y
que la propia Constitución Local, los maneja como únicos representantes de la
sociedad en materia de combate a la corrución.
Por otro lado, como tal los efectos de una
resolución como esta, son retroactivos y tanto los actuales
integrantes del Comité de Participación Ciudadana: Pablo Munguía Gaytán; José
Juan Flores Guzmán; Reyna Miguel Santillán; Sonia Mora Cruz y Lucila Martínez
Altamirano estarían usurpando funciones que no le competen, ya que al ser una
decisión soberana la designación del Consejo de Participación Ciudadana. Los
integrantes del Comité de Participación Ciudadana estarían tipificando delitos
de hechos de corrupción.
Por otro lado, los pagos reportado por la
Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, a cargo de
José Esteban Bolaños Guzmán, estaría tipificando delitos en materia de
corrupción, al estar pagando o haber pagado a integrantes de un organismo
derogado por la Constitución.
El engaño surge desde la Secretaría Ejecutiva, a
cargo de José Esteban Bolaños Guzmán, en donde su "asesora" y
Coordinadora de Normatividad, María de Jesús García Estrada, quien no cuenta
con estudios universitarios, ni de derecho o afín, asesoró de manera errónea a
diversos integrantes del gabinete de Murat Hinojosa y de Salomón Jara, al
manifestar que una "ley secundaria" está por encima de la
Constitución.
Sin embargo, con las dos sentencias de los Colegiados de Distrito, destruyen cualquier argumento a favor del Comité de Participación Ciudadana, ente que fue derogado desde el año 2021, y que, por acuerdos políticos sin un fundamento legal, siguieron ejerciendo y cobrando. ¿Sabrá la Secretaría de Finanzas, de cómo justifica y ha engañado Bolaños Guzmán para pagar salario a un ente derogado?