JUZGADO SEGUNDO PENAL DECLARÓ PREINSCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL CONTRA ABEL TREJO GONZÁLEZ; QUEDA EN LIBERTAD ABSOLUTA

Juan José Díaz Bermúdez

Abel Trejo González en libertad absoluta

Oaxaca, México (Punto y Aparte).- Al estar consumado el plazo prescriptorio que trascurrió para el delito de peculado- en perjuicio de la Hacienda Pública del Gobierno del Estado de Oaxaca y la sociedad-, según el expediente penal 200/2016, cuya penalidad mínima es de un año, este último plazo se ha consumado, entonces el Juzgado Segundo Penal declaró la prescripción de la acción penal que ejercitó la institución del Ministerio Público en contra de Abel Trejo González.

En consecuencia se quedó extinguida la probable responsabilidad que se le hubiese exigido por la comisión del ilícito precisado por lo que fundamento en el artículo 300, fracción II en relación con el ordinal 306 y 307 del Código de Procedimientos Penales, se decretó el sobreseimiento de la causa penal, por lo tanto, mediante oficio en breve se libre al Coordinador de la Agencia Estatal de Investigaciones  que se dejen sin efecto la orden de aprehensión en contra del inculpado y queda en libertad absoluta. 

Abel Trejo le fue librada orden de aprehensión como ex titular del IEEPO, durante el sexenio del entonces gobernador, Ulises Ruiz Ortiz, por el delito de peculado por 363 millones 491 mil 290 pesos.

El juez segundo penal dejó insubsistente el mandato judicial, en cumplimiento a una ejecutoria de amparo resuelta por el titular del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, por lo que se declaró la prescripción de la acción penal.

Hay que subrayar que esta inactividad es a partir de la notificación al ministerio público sobre la orden, con base a la certificación que trascurrió tres años 11 meses con tres días desde que se libró la orden de aprehensión 191/2012 con fecha 3 de diciembre de 2012 por el juez  Séptimo de lo Penal.

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